Defensoría del pueblo – Estado Plurinacional de Bolivia
Compendio normativo niñas, niños y adolescentes
- Convención sobre los derechos del niño
- Observación general N.º 14 del comité de los derechos del niño
- Directrices de modalidades alternativas de cuidado de los niños (resolución de la asamblea general de las naciones unidas a/res/64/142)
- Sentencia Constitucional N.º 025/2017.
- Ley N.º 548, código, niña, niño, adolescente
- Ley N.º 1168, Ley de Abreviación Procesal para garantizar la restitución del derecho humano a la familia de las niñas, niños y adolescentes, Decreto Supremo N.º 2377, Decreto Supremo N.º 3461, Decreto Supremo N.º 2757, Decreto Supremo N.º 3462 Decreto Supremo N.º 3463 última edición 2023
Presentación
La Defensoría del Pueblo es una institución encargada de velar por la vigencia y cumplimiento de los derechos humanos individuales y colectivos reconocidos por la Constitución Política del Estado, las leyes y los Instrumentos Internacionales, en ese contexto, el interés por los derechos de las niñas, niños y adolescentes, es una constante institucional dirigida a lograr la primacía por la atención y protección especial de la cual son titulares, así como para coadyuvar en la garantía a su desarrollo integral.
La Convención sobre los Derechos del Niño se sustenta en que la niñez es la población de mayor vulnerabilidad, por lo tanto, requiere una protección especial, la cual debe ser garantizada por el Estado, la sociedad y la familia, en un contexto de corresponsabilidad. Es así que a partir de la integración de la Convención sobre los Derechos del Niño al marco constitucional y legal en el país, se han generado mecanismos tendientes a promover un cambio social en el que hacer y en la forma de entender a las niñas, niños y adolescentes, hecho reflejado en el desarrollo de una cultura de derechos.
La Constitución Política de Estado consagra un significado particular a la protección conforme uno de los pilares de la Convención sobre los Derechos del Niño, además de establecer el interés superior, inherente a su proceso de desarrollo integral, reconociendo su identidad étnica, sociocultural, de género, como también, a la satisfacción de sus necesidades.
El Código Niña, Niño y Adolescente pone énfasis en la protección contra todo tipo de violencias, maltrato físico o emocional, negligencia, abuso sexual, violencia sexual comercial, enfatizando la protección integral, para lo cual diseña un sistema articulado para lograr el ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos, donde el centro de atención son las niñas, niños y adolescentes.
Este planteamiento supone una transformación del enfoque tradicional que atribuye a las niñas, niños y adolescentes el papel de receptores pasivos de la protección de los adultos para reconocerlos como protagonistas activos, con derecho a participar en las decisiones que afectan a sus vidas. Por lo cual las niñas, niños y adolescentes pasa a ser un individuo con opiniones propias, en concordancia con su capacidad y madurez.
En ese sentido, para la Defensoría del Pueblo continúa siendo preponderante la promoción de los derechos de las niñas, niños y adolescentes previstos en la Convención sobre los Derechos del Niño, la Constitución Política del Estado y de manera particular en la Ley N° 548, Código Niña, Niño y Adolescente, el Decreto Supremo N° 2377, Reglamento al Código y sus modificaciones, disposiciones que principalmente reconocen a las niñas, niños y adolescentes como titulares de todos los derechos y a su vez generan los mecanismos necesarios para que sus derechos se efectivicen a partir de políticas públicas que se circunscriban a su desarrollo integral.
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