Resúmenes de jurisprudencia 2020

Bs.60.00

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

El tribunal supremo de Justicia conforme el mandato establecido por el artículo 181 de la Constitución Política del Estado, se constituyen el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria, qué se sustenta además en los principios esenciales y generales del órgano judicial, en el transparencia que de acuerdo al artículo  30.1)

Descripción

Prefacio de Resúmenes de JURISPRUDENCIA 2020

El tribunal supremo de Justicia conforme el mandato establecido por el artículo 181 de la Constitución Política del Estado, se constituyen el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria, qué se sustenta además en los principios esenciales y generales del órgano judicial, en el transparencia que de acuerdo al artículo  30.1) de la Ley del Órgano Judicial, supone procurar ofrecer, sin el derecho vigente  información útil, pertinente, comprensible y fiable, facilitando la publicidad de sus actos, cuidando que no resulten perjudicados los derechos e intereses legítimos de las partes.

 

 En ese contexto y dado que la Sala Plena y las  Salas Especializadas del Tribunal Supremo conforme las previsiones de los artículos 38 inc. 9) 42.I inc. 3) de la citada ley orgánica, tienen la atribución de sentar y uniformar la jurisprudencia, la publicación de La Revista “Resúmenes de Jurisprudencia” y “Compendio de Jurisprudencia 2012 – 2020” materializan el referido principio, permitiendo que el mundo litigante y la ciudadanía en general puedan tener acceso no solo a un conjunto de resoluciones judiciales emitidas por el máximo tribunal de justicia ordinaria de Bolivia y que pueden repercutir ensayos posteriores sino fundamentalmente el acceder a un conjunto de principios y doctrinas contenidas en ella, pues siguiendo el criterio del doctrinario Ignacio Burgoa, la jurisprudencia “se traduce en las interpretaciones y consideraciones jurídicas integrativas uniformes que hace una autoridad judicial designada para tal efecto por la ley, respecto de uno o varios puntos de derecho especiales y determinados que surgen en un cierto número de casos concretos semejantes qué se presenten, en la inteligencia de que dichas consideraciones e interpretaciones son obligatorias para los inferiores jerárquicos de las mencionadas autoridades y que expresamente señala la ley.”

 

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